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¿QUÉ ES LA ITE?

INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS

Desde el día 29 de enero de 1999, fue aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid la Ordenanza sobre Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones, en la que aparece un elemento novedoso, la Inspección Técnica de Edificios, quedando obligados todos los propietarios, tanto personas físicas o jurídicas, titulares de cualquier tipo de bien inmueble.

Dicha inspección se deberá llevar a cabo por profesionales titulados legalmente facultados para ello.

El objetivo es crear, dependiente de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Madrid, un Registro informático centralizado de los edificios sujetos a inspección técnica.

¿CUÁL ES EL CONTENIDO MÍNIMO DE LA ITE?

1.    Estado general de la estructura y cimentación.



2.   Estado general de las fachadas interiores, exteriores y medianeras del edificio, en especial de los elementos que pudieran suponer un peligro para la vía pública, como petos de terraza, placas, etc., y de las patologías que puedan afectar a la integridad del edificio, como fisuras, humedades, etc.



3.    Estado general de la conservación de cubiertas y azoteas.



4.    Estado general de las instalaciones.

La inspección habrá de cumplimentarse según el modelo oficial de cuestionario de inspección que ha sido aprobado por el Consejo de Gerencia y deberá expresar si el resultado final de la misma es favorable o desfavorable.

IMPRESOS AYUNTAMIENTO ITE FAVORABLE O DESFAVORABLE

TRÁMITES Y GESTIONES ITE

CONSULTA DE EXPEDIENTE ITE

¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO DE LA ITE?

Elaboración, presentación y aprobación del presupuesto de inspección. Establecimiento de una fecha y hora para la misma.

Realización de la inspección técnica del edificio (ITE) y redacción del informe o certificado.

Firma del informe por parte del cliente, tanto si es favorable como desfavorable.

Presentación de la ITE en la Junta Municipal correspondiente del Ayuntamiento de Madrid por parte del arquitecto y envío de una copia sellada al cliente por correo.

Seguimiento del expediente por parte del arquitecto, y gestión de cualquier requerimiento del Ayuntamiento de Madrid hasta la fecha de la siguiente inspección.

SI LA ITE ES FAVORABLE

- Archivo del expediente hasta dentro de 10 años.

SI LA ITE ES DESFAVORABLE

- Realización de las obras indicadas en la inspección por cuenta del cliente.

- Nueva inspección técnica del edificio para comprobar la correcta ejecución de las obras. Presupuesto con las mismas tarifas que para la ITE con un descuento del 30%.

- Redacción del Certificado de Idoneidad de Obras de ITE.

- Presentación de la ITE en la Junta Municipal correspondiente del Ayuntamiento de Madrid por parte del arquitecto y envío de una copia sellada al cliente por correo.

- Seguimiento del expediente por parte del arquitecto, y gestión de cualquier requerimiento del Ayuntamiento de Madrid.